Fernando Espinoza, intendente de La Matanza, a juicio oral por presunto «abuso sexual y desobediencia»
Será juzgado por «haber abusado sexualmente mediante tocamientos en el cuerpo de Melody Jacqueline Rakauskas», dice el expediente. La mujer era secretaria privada de la intendencia del partido.

Fernando Espinoza y la mujer que lo denunció ante la Justicia, Melody Raskaukas.
El juez en lo Criminal Fernando Caunedo envió hoy a juicio oral al intendente de La Matanza Fernando Espinoza por presunto «abuso sexual y desobediencia», al rechazar un pedido de su defensa para dictar el sobreseimiento. El magistrado dio por clausurada la investigación y remitió el expediente a sorteo de Tribunal Oral procesado por el abuso a Melody Jacqueline Rakauskas, querellante en la causa.
Seg´pun informó la agencia Noticias Argentinas, Espinoza será juzgado por «haber abusado sexualmente mediante tocamientos en el cuerpo de Melody Jacqueline Rakauskas, quien se desempeñaba como secretaria privada de la intendencia del partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires, en el interior del departamento donde se domiciliaba la referida, sito en la avenida Juan de Garay 492 5° piso B de esta ciudad, el día 10 de mayo de 2021, a partir de las 21.30″, según consta en el expediente y la resolución..
También fue enviado a juicio por «haber desobedecido el 1º de julio de 2021, en horas de la tarde» una prohibición de acercamiento a la denunciante.
La denuncia de Melody Rakauskas a Fernando Espinoza
Rakauskas acusó a Espinoza de haberla abusado sexualmente mediante tocamientos impúdicos el 10 de mayo de 2021, en su departamento en la Ciudad de Buenos Aires. La presunta víctima había ingresado a trabajar a la secretaría privada del intendente de La Matanza tras la gestión de su novio de entonces, Gustavo Cilia, a su vez amigo de Espinoza.
Según el relato de la mujer que figura en el expediente, aquel 10 de mayo el jefe comunal fue a cenar a su casa por cuestiones de trabajo, lo que a ella le parecía extraño y la ponía incómoda. Él le contestaba que era normal porque era una persona conocida y no podía mostrarse en lugares públicos.
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Durante la noche, siempre de acuerdo al testimonio de Rakauskas, Espinoza comenzó a quejarse de dolores cervicales y pidió que le hiciera masajes, a lo que ella se negó.

Luego, el intendente habría comenzado a besar los pechos de la víctima y a tocarla por encima de la ropa, mientras le decía: «Quédate tranquila, siempre te tuve ganas, va a estar todo bien«. Durante el forcejeo, Espinoza intentó bajarle los pantalones y le rompió la camisa, insistiendo en que le practicara sexo oral.
Melody Rakauskas logró resistirse, y finalmente la situación terminó cuando Espinoza, frustrado por no poder bajarle el pantalón, se vistió y se retiró del lugar, diciendo: «Bueno listo, ya está, se terminó todo, me voy, ya está, no te preocupes».
El 1° de julio de 2021, Espinoza desobedeció una orden judicial que le prohibía contactar a la víctima, intentando persuadirla para que retirara la denuncia. El impacto del abuso en Rakauskas la dejó traumatizada, requiriendo tratamiento psicológico y psiquiátrico, según contó.
Además de por “abuso sexual simple”, Espinoza fue procesado por “desobediencia”, por haber desoído la orden judicial de no contactar a la denunciante, quien relató que sufrió presiones de una expareja suya y también del propio intendente para convencerla de que retirara la denuncia. La jueza dispuso además un embargo sobre los bienes de Espinoza por $1.500.000.
Ahora, al enviar el caso a juicio, Caunedo evaluó que es en la etapa de debate oral donde «se debe adoptar una decisión definitiva en el caso, tras una instrucción regularmente cumplida, de acuerdo al desarrollo efectuado al reseñar el trámite procesal».

«A modo de síntesis, cabe destacar que la controversia se ciñe a la credibilidad del discurso de la querellante, como única prueba directa del abuso sexual denunciado, por cierto negado por el imputado, cuyo descargo ha quedado parcialmente desvirtuado con evidencias objetivas, que respaldan su presencia en el lugar al momento del hecho investigado», analizó.
«La credibilidad de una u otra versión mejor podrá apreciarse en un juicio oral, merced a las ventajas que presenta la inmediación con las partes y el tribunal, en un contradictorio pleno y con igualdad de armas», concluyó.
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