Se cayó dentro de un colectivo en San Justo y ganó un juicio por casi $45 millones
El accidente ocurrió en 2022 a bordo de una unidad de la línea 382, cuando una frenada brusca hizo que el adolescente cayera y se fracturara la tibia. Cuatro años después, la Cámara fijó una indemnización de $44.920.000 más intereses.

Se cayó en un colectivo y deberán indemnizarlo. Foto: imagen ilustrativa generada con IA.
Un viaje en colectivo por San Justo terminó en una lesión grave y, cuatro años más tarde, en una indemnización millonaria. La Justicia ordenó que un adolescente que se fracturó la tibia después de caer dentro de una unidad de la línea 382 reciba $44.920.000 más intereses, luego de determinar que la empresa debía responder por las consecuencias de la maniobra realizada por el chofer.
El episodio ocurrió el 16 de mayo de 2022, cuando el joven viajaba en el interno 474. Al llegar a la intersección de Presidente Perón e Illia, el conductor frenó de manera repentina debido a que varias personas estaban empujando un vehículo sobre la calzada. El pasajero perdió el equilibrio y cayó dentro del colectivo.
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Como consecuencia del golpe sufrió una fractura de la tibia proximal izquierda, además de traumatismos y excoriaciones. Su familia inició posteriormente una demanda por daños y perjuicios contra Nueva Ideal S.A., responsable de la línea, y contra la aseguradora que intervenía en la cobertura del servicio.
La empresa buscó desligarse de lo sucedido al sostener que la frenada estuvo provocada por una situación de tránsito. Sin embargo, la Justicia consideró que no se trató de un episodio imprevisible. Para los jueces, el conductor había podido advertir previamente que había personas empujando un vehículo y, ante ese escenario, debía extremar las precauciones para conservar el control de la unidad.
Por qué la indemnización llegó a casi $45 millones
La resolución más reciente fue dictada el 14 de octubre pasado por la Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que modificó parcialmente el fallo de primera instancia y estableció nuevos montos para reparar los daños sufridos por el adolescente.
La suma quedó conformada por $28 millones por incapacidad sobreviniente, $15 millones por daño moral y $1.920.000 destinados a tratamiento psicológico. En total son $44.920.000, cifra a la que deberán agregarse los intereses correspondientes.

Uno de los puntos centrales del fallo fue la obligación de seguridad que tienen las empresas de transporte público respecto de sus pasajeros. La Cámara entendió que la compañía no logró demostrar la existencia de una circunstancia externa suficiente para liberarla de responsabilidad por las lesiones.
La condena alcanzó a Nueva Ideal S.A. y contó con la intervención de Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros. Además, las costas correspondientes a la instancia de apelación quedaron a cargo de la empresa. De todos modos, la sentencia es de segunda instancia y todavía no se encuentra firme.
Una frenada en San Isidro y la SUBE que se convirtió en prueba clave
Un caso similar tuvo resolución judicial recientemente en San Isidro. Allí, una mujer que tenía 37 años al momento del hecho demandó a una empresa después de caer dentro de un colectivo que frenó bruscamente cuando circulaba por avenida Márquez, a la altura del Jockey Club. El accidente ocurrió el 13 de septiembre de 2023 y la pasajera terminó con lesiones en distintas partes del cuerpo.
La empresa y la aseguradora cuestionaron que estuviera suficientemente demostrado cómo había ocurrido el episodio, pero apareció un elemento que resultó determinante. El registro de la tarjeta SUBE acreditó que la mujer había viajado ese día en la unidad involucrada. La propia compañía había reconocido además que el chofer realizó una frenada inesperada y que algunos pasajeros sufrieron golpes.
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La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de San Isidro confirmó entonces la responsabilidad de la transportista y de la aseguradora, aunque revisó los montos que habían sido otorgados en primera instancia.
Los jueces establecieron $15 millones por daño físico, $9 millones por daño moral, $1.170.000 para tratamiento psicológico y $200.000 por gastos médicos, de farmacia y traslados, además del régimen de intereses dispuesto en el fallo.






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